El Defensor del Pueblo de la Nación,ante el conocimiento de muertes por desnutrición provocadas en el Chaco ,en su mayoría pertenecientes a la etnia Toba,inició ante la Corte Suprema  una demanda contra el Estado Nacional y la Provincia del Chaco a fin de que asistieran a los integrantes de la comunidad Toba,ya que niños,adultos y ancianos subistían en condiciones extremas.-La Corte consideró la gravedad y la urgencia de los hechos denunciados  y sin perjuicio de lo que posteriormente pudiera decidir sobre su competencia,ordenó a los gobiernos demandados que suministraran agua potable y alimentos a los mienbros de estas comunidades indígenas,asi como un medio de transporte y comunicación para cada uno de los puestos sanitarios de la región.-El Tribunal requirió además,al Estado Nacional y a la Provincia del Chaco que informaran entre otras cosas sobre la ejecución de los programas de salud,de agua potable,de educación,y de vivienda en dichas regiones en el plazo de 30 días.-Para eso convocó a una Audiencia Pública para que los gobiernos expusieran el contenido del informe presentado.-La Corte señaló que le corresponde al Poder Judicial buscar los caminos que permitan garantizar la eficacia de los derechos y evitar que sean vulnerados,sobre todo cuando se trata del derecho a la vida y de la integridad física.-